Ir al contenido

Tienda online B2B

Envío mundial

3.500+ artículos en stock

Condiciones generales de compra

Condiciones Generales de Compra de
t-s-i.de Misch- und Dosiertechnik GmbH
Georg-Fleischer-Straße 6
66914 Waldmohr / Alemania

Aplicables en las relaciones comerciales con empresarios, personas jurídicas de derecho público y patrimonios especiales de derecho público.

DESCARGAR - IMPRIMIR


§ 1 Disposiciones generales

Nuestras condiciones de compra se aplican de forma exclusiva; las condiciones generales del proveedor que sean contrarias a nuestras condiciones de compra o se aparten de ellas solo las reconocemos en la medida en que las hayamos aceptado expresamente por escrito. La aceptación de mercancías o prestaciones del proveedor (en lo sucesivo: objeto del contrato) o su pago no implican aceptación.

§ 2 Celebración del contrato y modificaciones del contrato

  1. Los pedidos, las contrataciones y las llamadas de suministro, así como sus modificaciones y adiciones, requieren forma textual. En caso de errores manifiestos (p. ej., errores de escritura y de cálculo) e incompletitudes del pedido, incluida la documentación del pedido, el vendedor deberá advertirnos de ello antes de la aceptación a efectos de su corrección o compleción; en caso contrario se considerará que el contrato no se ha celebrado.
  2. Los acuerdos verbales de cualquier tipo, incluidas las modificaciones y adiciones posteriores de nuestras condiciones de compra, requieren para su validez nuestra confirmación por escrito.
  3. Las declaraciones y comunicaciones jurídicamente relevantes del vendedor en relación con el contrato deberán realizarse por escrito.
  4. Los presupuestos son vinculantes y no se remuneran, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.
  5. Si el proveedor no acepta el pedido en el plazo de dos semanas desde su recepción, estamos facultados para revocarlo.
  6. Las llamadas de suministro realizadas en el marco de una planificación de pedidos y llamadas se vuelven vinculantes si el proveedor no se opone en el plazo de dos días laborables desde su recepción.

§ 3 Entrega

  1. Las desviaciones respecto de nuestras contrataciones y pedidos solo son admisibles con nuestra aprobación previa por escrito.
  2. Las fechas y los plazos acordados son vinculantes. Para el cumplimiento de la fecha o del plazo de entrega es determinante la recepción de la mercancía en nuestras instalaciones. Si no se ha acordado la entrega «franco fábrica» (DAP o DDP según Incoterms 2010), el proveedor deberá poner la mercancía a disposición a tiempo, teniendo en cuenta el tiempo de carga y envío que debe coordinarse con el transportista.
  3. Si el proveedor ha asumido la instalación o el montaje y no se ha acordado otra cosa, el proveedor correrá, salvo disposiciones divergentes, con todos los gastos accesorios necesarios, como por ejemplo gastos de viaje, puesta a disposición de herramientas y dietas.
  4. Si no se cumplen las fechas acordadas, se aplicarán las disposiciones legales. Si el proveedor prevé dificultades en relación con la fabricación, el suministro de materiales previos, el cumplimiento de la fecha de entrega o circunstancias similares que pudieran impedirle realizar la entrega a tiempo o con la calidad acordada, deberá notificarlo sin demora a nuestro departamento de pedidos.
  5. La aceptación sin reservas de la entrega o prestación tardía no implica renuncia a las pretensiones de indemnización que nos correspondan por la entrega o prestación tardía; esto es válido hasta el pago completo de la remuneración que debemos por la entrega o prestación afectada.
  6. Las entregas parciales son, en principio, inadmisibles, salvo que las hayamos aceptado expresamente o nos resulten razonables.
  7. Para las cantidades, los pesos y las medidas son determinantes, salvo prueba en contrario, los valores determinados por nosotros en el control de entrada de mercancías.
  8. Sobre el software que forme parte del alcance de suministro del producto, incluida su documentación, tenemos el derecho de uso en la medida legalmente permitida (§§ 69a ss. UrhG).
  9. Sobre dicho software, incluida la documentación, tenemos además el derecho de uso con las características de rendimiento acordadas y en la medida necesaria para un uso del producto conforme al contrato. También podemos realizar una copia de seguridad sin acuerdo expreso.
  10. Si el vendedor no realiza su prestación o no la realiza dentro del plazo de entrega acordado, o incurre en mora, nuestros derechos, en particular de desistimiento y de indemnización de daños y perjuicios, se determinarán conforme a las disposiciones legales. Si el vendedor incurre en mora, podremos exigir, además de otras pretensiones legales, una indemnización global de nuestro daño por mora por importe del 1 % del precio neto por cada semana natural completa, pero en total no más del 5 % del precio neto de la mercancía entregada con retraso. Nos reservamos la posibilidad de probar que se ha producido un daño mayor. El vendedor se reserva la posibilidad de probar que no se ha producido ningún daño o que este es sensiblemente menor.

§ 4 Prestación, transmisión del riesgo, fuerza mayor

  1. El vendedor no está facultado para hacer que terceros (p. ej., subcontratistas) realicen la prestación que debe sin nuestra aprobación previa por escrito. El vendedor asume el riesgo de aprovisionamiento de sus prestaciones, salvo que en un caso concreto se haya acordado otra cosa.
  2. La entrega se realiza dentro de Alemania «franco domicilio» en el lugar indicado en el pedido. Si no se indica el lugar de destino y no se ha acordado otra cosa, la entrega deberá realizarse en nuestro domicilio social en Waldmohr. El respectivo lugar de destino es también el lugar de cumplimiento de la entrega y de un posible cumplimiento posterior.
  3. El riesgo de pérdida fortuita y de deterioro fortuito de la cosa se transmite a nosotros con la entrega en el lugar de cumplimiento. Si se ha acordado una recepción, esta es determinante para la transmisión del riesgo. Asimismo, en caso de recepción se aplicarán por analogía las disposiciones legales del derecho del contrato de obra.
  4. La fuerza mayor, las perturbaciones de la actividad no imputables, los disturbios, las medidas de las autoridades, las medidas de conflicto laboral y otros acontecimientos inevitables nos eximen, mientras duren, de la obligación de recepción a tiempo. Durante tales acontecimientos, así como dentro de las dos semanas posteriores a su finalización, estamos facultados, sin perjuicio de nuestros demás derechos, para desistir total o parcialmente del contrato, siempre que dichos acontecimientos no sean de duración insignificante y que nuestra necesidad se reduzca considerablemente debido al aprovisionamiento alternativo que resulte necesario.

§ 5 Aviso de envío, entrega y factura

  1. Se aplican las indicaciones de nuestros pedidos y llamadas de suministro. La factura deberá dirigirse por duplicado simple, indicando el número de factura y otras referencias de asignación, a la dirección impresa en cada caso; no debe adjuntarse a los envíos.
  2. A la entrega deberá acompañar un albarán con indicación de la fecha (emisión y envío), del contenido de la entrega (n.º de artículo y cantidad) y de nuestra referencia de pedido (fecha y número). Si falta el albarán o está incompleto, no responderemos de los retrasos en la tramitación y el pago que de ello resulten. Por separado del albarán deberá enviarse un aviso de envío correspondiente con el mismo contenido.

§ 6 Fijación de precios y transmisión del riesgo

Si no se ha acordado nada en particular, los precios se entienden «entregado en lugar de destino convenido» (DAP según Incoterms 2010), incluido el embalaje. El impuesto sobre el valor añadido no está incluido en ellos. El proveedor asume el riesgo material hasta la aceptación de la mercancía por nosotros o por nuestro representante en el lugar al que deba entregarse la mercancía conforme al pedido.

§ 7 Condiciones de pago

Si no se ha acordado nada en particular, el pago de la factura se realiza bien en un plazo de 20 días con un descuento del 3 % por pronto pago, bien en un plazo de 30 días sin descuento, a contar desde el vencimiento del crédito y la recepción tanto de la factura como de la mercancía o la realización de la prestación. El pago se realiza a reserva de la comprobación de la factura.

§ 8 Derechos por defectos y recurso

  1. La aceptación se realiza a reserva de un examen de ausencia de defectos, en particular también de exactitud e integridad, en la medida y tan pronto como sea factible en el curso ordinario de los negocios. Los defectos los comunicaremos sin demora tras su descubrimiento. En esa medida, el proveedor renuncia a la excepción de comunicación tardía de defectos.
  2. Las disposiciones legales sobre defectos materiales y jurídicos se aplican en la medida en que a continuación no se disponga otra cosa.
  3. El derecho a elegir el tipo de cumplimiento posterior nos corresponde, en principio, a nosotros. El proveedor puede negarse al tipo de cumplimiento posterior elegido por nosotros si este solo es posible con costes desproporcionados.
  4. Si el proveedor no comenzara la subsanación del defecto sin demora tras nuestro requerimiento de subsanación, en casos urgentes, en particular para evitar peligros agudos o prevenir daños mayores, tenemos derecho a llevarla a cabo nosotros mismos o a hacerla llevar a cabo por un tercero a costa del proveedor.
  5. En caso de defectos jurídicos, el proveedor nos mantendrá indemnes también frente a las posibles pretensiones de terceros, salvo que no sea responsable del defecto jurídico.
  6. Los derechos por defectos prescriben, salvo en los casos de dolo, a los tres años, a menos que la cosa se haya utilizado conforme a su uso habitual para una obra de construcción y haya causado su carácter defectuoso. El plazo de prescripción comienza con la entrega del objeto del contrato (transmisión del riesgo).
  7. Si el proveedor cumple su obligación de cumplimiento posterior mediante una entrega de sustitución, el plazo de prescripción volverá a comenzar para la mercancía entregada como sustitución tras su entrega, salvo que el proveedor se haya reservado de forma expresa y adecuada, en el cumplimiento posterior, realizar la entrega de sustitución únicamente por deferencia, para evitar disputas o en interés de la continuidad de la relación de suministro.
  8. Si como consecuencia de la entrega defectuosa del objeto del contrato nos resultan costes, en particular costes de transporte, de desplazamiento, de mano de obra, de montaje, de desmontaje o de material, o costes de un control de entrada que exceda el alcance habitual, el proveedor deberá asumir dichos costes.

§ 9 Responsabilidad por productos

  1. En caso de que se nos reclame en virtud de la responsabilidad por productos, el proveedor está obligado a mantenernos indemnes frente a tales reclamaciones, siempre y en la medida en que el daño haya sido causado por un defecto del objeto del contrato suministrado por el proveedor. En los casos de responsabilidad basada en la culpa, esto solo se aplica, no obstante, si al proveedor le es imputable una culpa. Si la causa del daño se encuentra en el ámbito de responsabilidad del proveedor, este deberá probar que no le es imputable ninguna culpa.
  2. En los casos del apartado (1), el proveedor asume todos los costes y gastos, incluidos los costes de una eventual persecución judicial.
  3. Por lo demás, se aplican las disposiciones legales.
  4. Antes de una acción de retirada del mercado que sea, total o parcialmente, consecuencia de un defecto del objeto del contrato suministrado por el proveedor, informaremos al proveedor, le daremos la oportunidad de colaborar y nos coordinaremos con él sobre una ejecución eficiente, salvo que la información o la participación del proveedor no sea posible por especial urgencia. En la medida en que una acción de retirada del mercado sea consecuencia de un defecto del objeto del contrato suministrado por el proveedor, el proveedor asumirá los costes de la acción de retirada.

§ 10 Derechos de desistimiento y de resolución

  1. Además de los derechos legales de desistimiento, estamos facultados para desistir del contrato o resolverlo con efecto inmediato si

    - el proveedor ha cesado el suministro a sus clientes,

    - se produce o amenaza con producirse un deterioro sustancial de la situación patrimonial del proveedor y con ello se pone en peligro el cumplimiento de una obligación de suministro frente a nosotros,

    - en el proveedor concurre el supuesto de insolvencia o de sobreendeudamiento, o

    - el proveedor suspende sus pagos.
  2. También estamos facultados para desistir o resolver el contrato si el proveedor solicita respecto de su patrimonio la apertura del procedimiento de insolvencia o de un procedimiento comparable de saneamiento de deudas.
  3. Si el proveedor ha realizado una prestación parcial, solo estamos facultados para desistir de la totalidad del contrato si no tenemos interés en la prestación parcial.
  4. Si, en virtud de los anteriores derechos contractuales de desistimiento o de resolución, desistimos del contrato o lo resolvemos, el proveedor deberá indemnizar los daños que con ello nos resulten, salvo que no sea responsable del surgimiento de los derechos de desistimiento o de resolución.
  5. Los derechos y pretensiones legales no quedan limitados por las disposiciones contenidas en este apartado (10).

§ 11 Ejecución de trabajos

Las personas que, en cumplimiento del contrato, ejecuten trabajos en las instalaciones de la fábrica deberán observar las disposiciones del respectivo reglamento interno. Queda excluida la responsabilidad por los accidentes que sufran estas personas en las instalaciones de la fábrica, salvo que hayan sido causados por un incumplimiento doloso o gravemente negligente de nuestros representantes legales o auxiliares de cumplimiento.

§ 12 Suministro de materiales por nuestra parte

Las materias, piezas, recipientes y embalajes especiales suministrados por nosotros siguen siendo de nuestra propiedad. Solo pueden utilizarse conforme a su destino. La transformación de materias y el ensamblaje de piezas se realizan por cuenta nuestra. Existe acuerdo en que somos copropietarios, en proporción al valor de los materiales suministrados respecto del valor del producto total, de los productos fabricados utilizando nuestras materias y piezas, que a tal efecto son custodiados por el proveedor para nosotros.

§ 13 Documentos y confidencialidad

  1. Toda la información comercial o técnica que pongamos a disposición (incluidas las características que puedan deducirse de objetos, documentos o software entregados, y otros conocimientos o experiencias) deberá mantenerse en secreto frente a terceros mientras y en la medida en que no sea demostrablemente de dominio público, y en la propia empresa del proveedor solo podrá ponerse a disposición de aquellas personas que necesariamente deban intervenir para su utilización con el fin de realizar el suministro a nosotros y que estén igualmente obligadas a la confidencialidad; sigue siendo de nuestra exclusiva propiedad. Sin nuestro consentimiento previo por escrito, dicha información no podrá reproducirse ni utilizarse con fines comerciales, salvo para suministros a nosotros. A nuestro requerimiento, toda la información procedente de nosotros (en su caso, incluidas las copias o anotaciones realizadas) y los objetos cedidos en préstamo deberán sernos devueltos o destruidos sin demora y por completo. Nos reservamos todos los derechos sobre dicha información (incluidos los derechos de autor y el derecho a solicitar derechos de propiedad industrial, como patentes, modelos de utilidad, protección de semiconductores, etc.). En la medida en que nos hayan sido facilitadas por terceros, esta reserva de derechos se aplica también en favor de dichos terceros.
  2. Los productos fabricados según documentos diseñados por nosotros, como planos, modelos y similares, o según nuestras indicaciones confidenciales o con nuestras herramientas o herramientas reproducidas, no podrán ser utilizados por el proveedor para sí mismo ni ofrecidos o suministrados a terceros. Esto se aplica por analogía también a nuestros encargos de impresión.

§ 14 Control de exportaciones y aduanas

El proveedor está obligado a informarnos, en sus documentos comerciales, de las posibles obligaciones de autorización en las (re)exportaciones de sus bienes conforme a la normativa alemana, europea o estadounidense de exportación y aduanas, así como a la normativa de exportación y aduanas del país de origen de sus bienes. Para ello, el proveedor indicará, al menos en sus ofertas, confirmaciones de pedido y facturas, en las partidas de mercancías correspondientes, la siguiente información:

- el número de la lista de exportación conforme al anexo AL del Reglamento alemán de comercio exterior (Außenwirtschaftsverordnung) o posiciones de lista comparables de las listas de exportación pertinentes,

- para mercancías estadounidenses, el ECCN (Export Control Classification Number) conforme a las US Export Administration Regulations (EAR),

- el origen de las mercancías a efectos de política comercial de sus bienes y de los componentes de sus bienes, incluidas la tecnología y el software,

- si los bienes han sido transportados a través de EE. UU., fabricados o almacenados en EE. UU., o producidos con ayuda de tecnología estadounidense,

- el número estadístico de mercancía (código HS) de sus bienes, así como

- una persona de contacto en su empresa para aclarar posibles consultas por nuestra parte.

A nuestro requerimiento, el proveedor está obligado a comunicarnos por escrito todos los demás datos de comercio exterior sobre sus bienes y sus componentes, así como a informarnos por escrito sin demora (antes de la entrega de los bienes afectados) de todas las modificaciones de los datos anteriores.

§ 15 Cumplimiento normativo (compliance)

  1. El proveedor se compromete a cumplir las respectivas regulaciones legales sobre el trato a los empleados, la protección del medio ambiente y la seguridad laboral, y a trabajar para reducir los efectos adversos de sus actividades sobre las personas y el medio ambiente. Para ello, el proveedor implantará y desarrollará, dentro de sus posibilidades, un sistema de gestión conforme a ISO 14001. Además, el proveedor observará los principios de la iniciativa Global Compact de la ONU. Estos se refieren fundamentalmente a la protección de los derechos humanos internacionales, el derecho a la negociación colectiva, la abolición del trabajo forzoso y del trabajo infantil, la eliminación de la discriminación en la contratación y el empleo, la responsabilidad con el medio ambiente y la prevención de la corrupción. Puede obtenerse más información sobre la iniciativa Global Compact de la ONU en www.unglobalcompact.org.
  2. En caso de que un proveedor se comporte de forma contraria a la ley de manera reiterada y/o a pesar de una advertencia al respecto, y no acredite que la infracción legal ha sido subsanada en la medida de lo posible y que se han adoptado precauciones adecuadas para evitar infracciones legales en el futuro, nos reservamos el derecho de desistir de los contratos existentes o de resolverlos sin plazo de preaviso.

§ 16 Lugar de cumplimiento

El lugar de cumplimiento es aquel al que deba entregarse la mercancía conforme al pedido o en el que deba realizarse la prestación.

§ 17 Disposiciones generales

  1. Si una disposición de estas condiciones y de los demás acuerdos alcanzados fuera o llegara a ser ineficaz, ello no afectará a la validez del resto de las condiciones. Las partes contratantes están obligadas a sustituir la disposición ineficaz por una regulación que se aproxime lo más posible a ella en su resultado económico.
  2. Para las relaciones contractuales se aplica exclusivamente el derecho alemán, con exclusión del derecho de conflicto de leyes y de la Convención de las Naciones Unidas sobre compraventa internacional de mercaderías (CISG).
  3. El fuero competente para todos los litigios que se deriven directa o indirectamente de relaciones contractuales basadas en estas condiciones de compra es, a nuestra elección, el domicilio de la empresa t-s-i.de Misch- und Dosiertechnik GmbH o Waldmohr. Estamos además facultados para demandar al proveedor, a nuestra elección, ante el tribunal de su domicilio o de su establecimiento o ante el tribunal del lugar de cumplimiento.
  4. Para la ejecución de las relaciones contractuales estamos facultados para almacenar los datos personales del proveedor. Se aplican nuestras informaciones sobre protección de datos en nuestra página web en www.t-s-i.de/pages/datenschutz

Dirección de facturación

Sus datos se envían a t-s-i.de para su tramitación. Más información en la política de privacidad.

Idioma